Términos y condiciones del servicio digital de Bromma

Las presentes Condiciones de uso del Servicio Digital de Bromma regirán el acceso y el uso del Servicio Digital de Bromma por parte del Cliente y sus Usuarios. Las presentes Condiciones de uso del Servicio Digital de Bromma se aplicarán como complemento de cualquier acuerdo escrito y formarán parte integrante del mismo. En caso de discrepancia entre cualquier acuerdo escrito y los presentes Términos y condiciones del Servicio Digital de Bromma, prevalecerán estos últimos en lo que respecta al Servicio Digital de Bromma y al acceso y uso del mismo por parte del Cliente y sus Usuarios. LA PERSONA QUE ACEPTA EL PRESENTE ACUERDO, REGISTRA LA CUENTA DEL CLIENTE Y/O ACTIVA UNA
AL SERVICIO DIGITAL, POR LA PRESENTE: (A) RECONOCE HABER LEÍDO Y COMPRENDIDO EL PRESENTE ACUERDO; Y (B) ACEPTA EL PRESENTE ACUERDO EN NOMBRE DEL CLIENTE Y ACEPTA QUE DICHA PERSONA Y EL CLIENTE QUEDAN LEGALMENTE VINCULADOS POR SUS TÉRMINOS. SI LA PERSONA QUE ACEPTA ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL SERVICIO DIGITAL DE BROMMA
NO ESTÁ DE ACUERDO CON ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL SERVICIO DIGITAL DE BROMMA, DICHA PERSONA NO DEBE ACEPTAR ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL SERVICIO DIGITAL DE BROMMA Y NO PODRÁ UTILIZAR EL SERVICIO DIGITAL.

1. Definiciones

Por «afiliado» se entiende cualquier entidad jurídica que sea propiedad o esté bajo el control, directa o indirectamente, de una de las Partes, o que sea propietaria o controle, directa o indirectamente, a una de las Partes, o que se encuentre bajo la misma propiedad o control, directo o indirecto, que una de las Partes, mientras dure dicha propiedad o control.

Por «Acuerdo» se entiende las presentes Condiciones de uso del Servicio Digital de Bromma o cualquier acuerdo escrito suscrito entre Bromma (o su distribuidor designado) y el Cliente en relación con la adquisición por parte del Cliente de una suscripción al Servicio Digital de Bromma, en el que se incorporen las presentes Condiciones de uso del Servicio Digital de Bromma.

Por «Contenido de Bromma» se entiende toda la información, los contenidos y el material, independientemente de su forma, que Bromma suba o introduzca en el Servicio Digital. Por «Cliente» se entiende la persona jurídica —ya sea un particular, una sociedad u otra entidad jurídica— que sea parte de un contrato escrito por el que se acuerda el acceso al Servicio Digital o, en ausencia de dicho contrato, la parte que registre una cuenta en el Servicio Digital.

Por «Contenido del cliente» se entiende toda la información, los contenidos y los materiales, independientemente de su forma, que el Cliente y sus Usuarios suban o introduzcan en el Servicio digital (como nombres de empresas, representantes de empresas, nombres de usuario, direcciones, números de teléfono y direcciones de correo electrónico).

Por «normativa de protección de datos» se entiende el Reglamento General de Protección de Datos (Reglamento (UE) 2016/679, «RGPD») y las leyes de protección de datos vigentes en cada momento que sean de aplicación al tratamiento de datos personales.

Por «derechos de propiedad intelectual» se entiende todos y cada uno de los derechos, ya sean conocidos en la actualidad o que existan en el futuro: (a) derechos asociados a las obras de autoría, incluidos los derechos de autor, los derechos sobre bases de datos, los derechos sobre diseños de circuitos integrados y los derechos morales; (b) derechos sobre marcas comerciales o marcas de servicio; (c) derechos sobre secretos comerciales; (d) patentes, derechos de patente y derechos de propiedad industrial; (e) derechos sobre diseños de circuitos integrados, derechos sobre diseños y otros derechos de propiedad de cualquier tipo y naturaleza distintos de las marcas comerciales, marcas de servicio, imagen comercial y derechos similares; y (f) registros, solicitudes, renovaciones, prórrogas o reemisiones de cualquiera de los anteriores, en cada caso, en cualquier jurisdicción del mundo.

«Bromma» se refiere a la entidad jurídica de Kalmar Corporation que ha celebrado un contrato por escrito con el Cliente en relación con la adquisición de una suscripción al Servicio Digital de Bromma o, en caso de que no se haya formalizado ningún contrato por escrito, a Kalmar Pte Ltd como proveedor del servicio.

«Bromma Technology» se refiere al software informático (incluido el software de terceros), el código informático, los módulos, los scripts, las interfaces de programación de aplicaciones, las metodologías, las plantillas, las herramientas, los algoritmos, las interfaces de usuario, los conocimientos técnicos, los secretos comerciales, las técnicas, los diseños, las invenciones, los servicios de terceros y cualquier otro material tangible o intangible, información y obras de autoría que subyacen al Servicio Digital, forman parte del mismo o se utilizan de cualquier otra forma para ponerlo a disposición, así como todas las actualizaciones, modificaciones, mejoras y obras derivadas de cualquiera de los anteriores, junto con todos los derechos de propiedad intelectual sobre los mismos
y en relación con ellos.

Por «parte» se entiende Bromma o el cliente, y por «partes» se entiende Bromma y el cliente conjuntamente.

Por «Servicio digital» se entiende el sistema de monitorización de esparcidores Bromma, Bromma Hawkeye Inspect y las características y funcionalidades relacionadas que se ponen a disposición del cliente a través de los mismos.

Por «Datos estadísticos» se entiende la información, las imágenes y los datos recopilados a través del funcionamiento del Servicio digital y/o del dispositivo de conectividad, o derivados de dicho funcionamiento, tal y como se define con mayor detalle en la sección 3.4.

Por «Usuario(s)» se entiende cada persona física autorizada por el Cliente para acceder y utilizar el Servicio Digital en nombre del Cliente mediante una cuenta de usuario registrada para el Servicio Digital y vinculada a la cuenta del Cliente en dicho Servicio. El Cliente será el único y pleno responsable de los actos y omisiones de sus Usuarios en relación con el Servicio Digital, y todos los actos de sus Usuarios se considerarán actos del Cliente a los efectos del presente Contrato.

2. Derecho de uso y acceso al servicio digital

2.1 Concesión de derechos. Con sujeción a los términos y condiciones del presente Contrato, Bromma concede por la presente al Cliente un derecho y una licencia limitados, intransferibles, no exclusivos y no sublicenciables para permitir que sus Usuarios designados accedan y utilicen el Servicio Digital durante la vigencia del presente Contrato. En caso de alquilar el equipo relacionado con el Servicio Digital, el Cliente podrá, previo consentimiento de Bromma, conceder al arrendatario el derecho a acceder y utilizar el Servicio Digital con arreglo a los términos y condiciones del presente Contrato, quedando el Cliente responsable de dicho uso.

3. Contenido del servicio digital; modificaciones del servicio digital; datos estadísticos

3.1 Contenido del Servicio Digital. Como parte del Servicio Digital, el Cliente podrá recibir recomendaciones de Bromma o de sus filiales, distribuidores o proveedores de servicios (por ejemplo, recordatorios o recomendaciones sobre próximos trabajos de reparación y mantenimiento, campañas de productos o piezas de recambio, etc.). El Cliente reconoce y acepta que dichas recomendaciones tienen carácter meramente informativo y no constituyen asesoramiento ni instrucciones legales o técnicas por parte de Bromma. El Cliente decide y es el responsable último de sus acciones y omisiones en relación con su equipo, incluyendo, sin limitación, si se siguen las recomendaciones recibidas a través del Servicio Digital, si se debe reparar el equipo y cuándo, si se deben realizar trabajos de mantenimiento y, en general, si se actúa en respuesta a cualquier recordatorio o recomendación recibida a través del Servicio Digital. Para evitar dudas, no se incluye ningún trabajo de reparación o mantenimiento en el presente Contrato, el cual siempre está sujeto a un contrato independiente.

3.2 Mejora del Servicio Digital. Bromma se esfuerza continuamente por desarrollar, mejorar y supervisar el Servicio Digital. En consecuencia, Bromma se reserva el derecho a realizar modificaciones en el contenido, el diseño, el método operativo, las especificaciones técnicas, los sistemas y otras funciones o características del Servicio Digital que, a juicio razonable de Bromma, no reduzcan el rendimiento general, la usabilidad y la funcionalidad del Servicio Digital, en cualquier momento y sin previo aviso (en conjunto, «Cambios menores»). En caso de que Bromma prevea implementar cualquier cambio que, a su razonable criterio, no constituya un Cambio menor en el Servicio digital, y si dicho cambio, a su razonable criterio, tiene un impacto adverso significativo en la capacidad del Cliente para utilizar el Servicio digital de conformidad con el presente Acuerdo, Bromma notificará al Cliente dicho cambio. Si el cambio tiene un impacto adverso significativo en la capacidad del Cliente para utilizar el Servicio Digital de conformidad con el presente Contrato y el Cliente no está de acuerdo con el cambio, el Cliente podrá, mediante notificación por escrito a Bromma (o al concesionario, si el presente Contrato se ha celebrado entre el Cliente y el concesionario) en un plazo de treinta (30) días tras recibir la notificación del cambio, rescindir el presente Contrato con efecto al final del mes natural inmediatamente posterior al mes natural en el que el Cliente haya remitido dicha notificación a Bromma (o al concesionario, si el presente Contrato se ha celebrado entre el Cliente y el concesionario).

3.3 Requisitos técnicos para los Servicios Digitales de Bromma. El uso del Servicio Digital requiere que el equipo del Cliente esté equipado con un dispositivo de conectividad y/o un hardware asociado designado por Bromma, que esté correctamente activado. Dicho dispositivo de conectividad o hardware asociado se ofrece independientemente del presente Contrato y puede ofrecerse preinstalado en el equipo del Cliente (en caso de compra de un equipo nuevo y sujeto a disponibilidad) o como una actualización (a través de Bromma, sus filiales o sus socios de servicio o distribuidores autorizados). Todas y cada una de las garantías y obligaciones, si las hubiera, relacionadas con el dispositivo de conectividad o el hardware asociado están sujetas a los términos y condiciones de garantía estándar de Bromma, tal y como se establecen en las Condiciones Generales de Venta de Bromma, disponibles en https://backyard.bromma.com/shared-folder/653684259596e. El Cliente reconoce y acepta que el acceso y el uso del Servicio Digital por parte del Cliente y sus Usuarios dependen del acceso a servicios de telecomunicaciones e Internet. El Cliente será el único responsable de adquirir y mantener todos los servicios de telecomunicaciones e Internet, así como el resto del hardware y software necesarios para acceder al Servicio Digital, incluyendo, sin limitación, todos los costes, tarifas, gastos e impuestos de cualquier tipo relacionados con lo anterior. Bromma no será responsable de ninguna pérdida o corrupción de datos, pérdida de comunicaciones o cualquier otra pérdida o daño de cualquier tipo que se derive de dichos servicios de telecomunicaciones o de Internet, o de dicho hardware o software. Bromma no será responsable de la usabilidad o compatibilidad del hardware o software utilizado por los Usuarios en relación con el Servicio Digital.

3.4 Datos estadísticos. Durante la vigencia del presente Acuerdo y tras la misma, Bromma tendrá derecho a recopilar y almacenar datos e imágenes relacionados con los equipos, incluyendo, entre otros, información relativa a la eficiencia, disponibilidad, tiempo de inactividad, funcionamiento, entorno operativo, movimiento, estado, inicio de sesión, ubicación e información similar («Datos estadísticos»), y nada de lo aquí dispuesto se interpretará como una prohibición para que Bromma o sus Filiales utilicen los Datos estadísticos con el fin de optimizar el Servicio digital o cualquier equipo o servicio relacionado, o para fines comerciales y/o operativos internos de Bromma o sus filiales, siempre que Bromma no comparta con terceros (excepto con las filiales, distribuidores, subcontratistas y proveedores de servicios de Bromma) Datos Estadísticos que revelen la identidad del Cliente o de sus Usuarios, o la información confidencial del Cliente. En caso de que el Cliente desee desactivar el acceso a los Datos Estadísticos y a los Servicios Digitales de Bromma, la desconexión del hardware de diagnóstico remoto será responsabilidad del Cliente.

4. OBLIGACIONES DEL CLIENTE

4.1 Responsabilidad del Cliente respecto a las cuentas de usuario. El Cliente accederá y utilizará el Servicio Digital a través de sus Usuarios. El Cliente será el único responsable de las actividades de sus Usuarios en relación con el acceso y el uso del Servicio Digital. El Cliente informará a todos los Usuarios sobre sus obligaciones en virtud del presente Contrato y, en particular, sobre las condiciones de acceso y uso del Servicio Digital. El Cliente será responsable de mantener la seguridad de sus cuentas de usuario. El Cliente se compromete a mantener todas las credenciales de acceso de cada cuenta de usuario seguras y confidenciales, y a no permitir que ninguno de sus Usuarios facilite sus credenciales de acceso a ninguna otra persona. El Cliente deberá notificar sin demora a Bromma (o a su distribuidor designado) cualquier acceso no autorizado a las credenciales de acceso de cualquier cuenta de usuario, o tan pronto como tenga conocimiento de cualquier acceso no autorizado, real o intentado, al Servicio Digital en relación con cualquier credencial de acceso de cualquiera de las cuentas de usuario del Cliente.

4.2 Creación y normas relativas a las cuentas de usuario. Para acceder al Servicio Digital, el Cliente (y/o sus Usuarios) deberá crear una cuenta y elegir una contraseña y/o facilitar a Bromma cierta información personal limitada de los Usuarios, que podrá incluir los nombres y direcciones de correo electrónico de los Usuarios y/o del Cliente. El Cliente se compromete a facilitar a Bromma información veraz, completa y actualizada. Las siguientes normas rigen la creación y el uso de la cuenta: (a) un mismo Usuario no podrá tener más de una cuenta en ningún momento y no podrá crear una cuenta utilizando una identidad o información falsa ni en nombre de otra persona; (b) el Usuario no podrá sublicenciar, alquilar, arrendar, vender, intercambiar, regalar ni transferir de ningún otro modo su cuenta a nadie sin el permiso por escrito de Bromma; cualquier transferencia o intento de transferencia de este tipo está prohibido y será nulo; (c) el Usuario y el Cliente no intentarán, bajo ninguna circunstancia, obtener información de inicio de sesión ni acceder a una cuenta perteneciente a otro usuario o a otros clientes del Servicio Digital; y (d) las cuentas son personales y no se permiten cuentas compartidas a menos que Bromma lo apruebe específicamente.

4.3 Restricciones de uso. El Cliente solo podrá utilizar el Servicio Digital para sus propios fines comerciales internos y lícitos. El Cliente se compromete a no (ni permitir que ningún tercero, incluidos sus empleados o Usuarios) en ningún caso:
(a) utilizar el Servicio Digital, de forma intencionada o no, en relación con cualquier infracción de cualquier ley o normativa aplicable, ni realizar ninguna acción que promueva la infracción de cualquier ley o normativa aplicable;
(b) ejecutar, ayudar, alentar o contribuir a cualquier tipo de ataque, incluyendo, sin limitación, la distribución de un virus, ataques de denegación de servicio contra el Servicio Digital, u otros intentos de interrumpir el Servicio Digital o el uso o disfrute del Servicio Digital por parte de cualquier otra persona;
(c) intentar obtener acceso no autorizado al Servicio Digital, a cuentas registradas a nombre de terceros o a cualquier ordenador o servidor utilizado para ofrecer o dar soporte al Servicio Digital, o a entornos o redes conectadas al Servicio Digital, por cualquier medio distinto de la interfaz de usuario proporcionada por Bromma;
(d) utilizar, facilitar, crear o mantener cualquier conexión no autorizada al Servicio Digital, incluyendo, sin limitación: (i) cualquier conexión a cualquier servidor no autorizado que emule o intente emular cualquier parte del Servicio Digital; o (ii) cualquier conexión que utilice programas, herramientas o software no aprobados expresamente por Bromma;
(e) utilizar cualquier software de terceros no autorizado u otro software que acceda, intercepte, «extraiga» o recopile de cualquier otra forma información del Servicio Digital o a través de este, o que se encuentre en tránsito desde o hacia el Servicio Digital, incluyendo, sin limitación, cualquier software que lea áreas de la memoria RAM o flujos de tráfico de red utilizados por el Servicio Digital para almacenar información sobre el Servicio Digital. Bromma podrá, a su entera y absoluta discreción, permitir el uso de determinadas interfaces de usuario de terceros;
(f) interceptar, examinar u observar de cualquier otra forma cualquier protocolo de comunicaciones propietario utilizado por un cliente, un servidor o el Servicio Digital, ya sea mediante el uso de un analizador de red, un sniffer de paquetes o cualquier otra herramienta;
(g) hacer cualquier uso automatizado del Servicio Digital, o realizar cualquier acción que imponga o pueda imponer (a la entera discreción de Bromma) una carga irrazonable o desproporcionadamente grande sobre la infraestructura del Servicio Digital;
(h) interferir o perturbar la integridad o el rendimiento del Servicio Digital o de cualquier dato de terceros;
(i) crear cualquier servicio o producto derivado basado en el Servicio Digital;
(j) realizar ingeniería inversa, desensamblar, descompilar o intentar de cualquier otra forma obtener el código fuente del software que ejecuta el Servicio Digital o cualquier parte del mismo (excepto en la medida en que dicha restricción no esté permitida por la legislación aplicable);
(k) revender, arrendar, proporcionar acceso o poner el Servicio Digital a disposición de terceros no autorizados, incluidos, entre otros, los competidores de Bromma;
(l) realizar o publicar los resultados de pruebas comparativas u otras comparaciones del Servicio Digital con otro software, servicios o materiales; o
(m) eliminar, ocultar o modificar cualquier aviso, marca o etiqueta de derechos de autor, marca comercial u otros derechos de propiedad contenidos en el Servicio Digital;
(n) falsificar o eliminar cualquier atribución de autoría, aviso legal u otras etiquetas del origen o la fuente del material.

4.4 Uso inesperado o inadecuado del Servicio Digital. En caso de que un uso inesperado o inadecuado del Servicio Digital (por ejemplo, un uso extraordinario del ancho de banda; contenido subido que contenga virus, gusanos, spyware u otro contenido malicioso; pruebas de carga, análisis de seguridad o pruebas de penetración realizadas sin previo aviso, etc.) provoque una denegación de servicio con respecto al Servicio Digital, Bromma podrá desactivar el Servicio Digital y/o denegar el acceso del Cliente al Servicio Digital según sea necesario para solucionar el problema. El Cliente será responsable del cumplimiento por parte de sus Usuarios de los términos y condiciones del presente Contrato y responderá por el incumplimiento de los mismos por parte de sus Usuarios. Si el Cliente incumple lo dispuesto en la presente Sección 4, Bromma podrá suspender todo acceso al Servicio Digital, además de cualquier otro derecho y recurso que Bromma pueda tener en derecho o en equidad.

4.5 Propiedad del equipo relacionado con el servicio digital. El Cliente deberá comunicar a Bromma (o a su distribuidor designado), lo antes posible: (a) la pérdida, devolución o reventa de cualquier equipo (incluida la información del nuevo propietario) que forme parte del Servicio Digital, o si dicho equipo queda totalmente amortizado o se retira definitivamente del servicio; y (b) cualquier fallo, problema o error que se detecte en el Servicio Digital. El Cliente también se compromete a informar al nuevo propietario de que el equipo está provisto de un dispositivo de conectividad, que se conecta a Internet con fines de transmisión de datos. El Cliente indemnizará, eximirá de responsabilidad y defenderá a Bromma y a sus directivos, consejeros, empleados, agentes, distribuidores, filiales, sucesores y cesionarios autorizados frente a cualquier pérdida, daño, responsabilidad, deficiencia, reclamación, acción, sentencia, acuerdo, interés, indemnización, sanción, multa, coste o gasto de cualquier tipo, incluidos los honorarios de abogados, que se deriven o estén relacionados con cualquier incumplimiento o incumplimiento de la presente Sección 4.5 por parte del Cliente, sus Usuarios o su personal.

5 Obligaciones de Bromma

5.1 Medidas de seguridad. De conformidad con los términos y condiciones del presente Acuerdo, Bromma mantendrá las medidas de seguridad adecuadas para la protección de los datos específicos del Cliente, lo que incluye copias de seguridad periódicas, protocolos de seguridad y de respuesta ante incidentes, así como la supervisión de las aplicaciones y la infraestructura.

5.2 Suspensión o restricción del Servicio Digital. Bromma pondrá el Servicio Digital a disposición del Cliente y sus Usuarios de forma no exclusiva a través de Internet. Bromma tiene derecho a suspender temporalmente la prestación del Servicio Digital cuando sea necesario para garantizar la continuidad del mismo, incluyendo, entre otros, modificaciones técnicas, instalaciones generales, modificaciones o trabajos de mantenimiento del entorno técnico, o cuando las leyes, órdenes, directrices o declaraciones de las autoridades lo exijan. Bromma tiene además el derecho a restringir el volumen de tráfico en la red de comunicaciones, desconectar la conexión y tomar cualquier otra medida necesaria para garantizar el tráfico de la red, la seguridad de los datos o la disponibilidad. La prestación del Servicio Digital también puede estar sujeta a restricciones e imprecisiones que escapan al control de Bromma, por lo que Bromma no puede ser considerada responsable. Esto se aplica, entre otros, a la disponibilidad de los servicios de comunicación móvil y de acceso a la red e Internet prestados por terceros. Otras circunstancias adversas, como la sobrecarga de la red, también pueden impedir el uso del Servicio Digital. Bromma se esforzará por garantizar que dicha suspensión o interrupción no se prolongue durante un tiempo innecesariamente largo y que los perjuicios resultantes de la misma sean mínimos. Siempre que sea posible, Bromma notificará al Cliente por escrito dicha suspensión o restricción tan pronto como sea razonablemente posible. Dicha suspensión o restricción no se considerará un defecto del Servicio Digital, y el Cliente no tendrá derecho a ningún reembolso ni a otra compensación.

6. Pago: aplicable únicamente a los servicios digitales de Bromma

6.1 Tarifas y condiciones de pago. El Cliente abonará a Bromma (o a su distribuidor designado) las tarifas correspondientes al Servicio Digital de Bromma acordadas por las Partes (o por el distribuidor y el Cliente) en el presente Contrato. Salvo que se acuerde lo contrario, el plazo de pago de todas las tarifas será de treinta (30) días a partir de la fecha de la factura emitida por Bromma (o por su distribuidor designado). Se añadirá el impuesto sobre el valor añadido (si procede) a las tarifas de conformidad con la legislación vigente en cada momento.

6.2 Impuestos y aranceles. Todas las tarifas y precios no incluyen los impuestos, aranceles y demás gravámenes o exacciones de cualquier naturaleza que se apliquen al Servicio Digital de Bromma en virtud de la legislación del país de destino, los cuales correrán a cargo del Cliente. En caso de que Bromma (o su distribuidor designado) se vea obligada a pagar o recaudar dichos impuestos, aranceles, gravámenes o exacciones, el Cliente deberá abonar dichos importes además de las tarifas.

6.3 Pagos atrasados. A partir de la primera fecha en que los importes adeudados por el Cliente se consideren vencidos, Bromma podrá suspender el acceso del Cliente al Servicio Digital hasta que se hayan abonado todos los importes atrasados. Cualquier importe no abonado por el Cliente en la fecha de vencimiento devengará intereses desde la fecha de vencimiento hasta su pago, a un tipo de: (a) el indicado en el presente Contrato; (b) el diez (10) por ciento del saldo pendiente al año; o (c) el tipo máximo permitido por la ley, el que sea menor. Dichas penalizaciones por demora en el pago vencerán automáticamente sin previo aviso.

6.4 Modificación de las tarifas. Bromma (o su distribuidor designado) podrá revisar las tarifas una vez cada doce (12) meses. En caso de que se produzca un aumento de las tarifas, el Cliente podrá rescindir el presente Contrato en el plazo de un (1) mes a partir de la recepción de la notificación del cambio (que podrá realizarse mediante factura), con efecto a partir de la fecha en que entre en vigor dicho aumento. Además, Bromma (o su distribuidor designado) tendrá derecho a revisar las tarifas en caso de que se añadan al Servicio Digital equipos adicionales, nuevas funciones, cuentas de usuario, configuraciones, complementos o elementos similares. Las tarifas revisadas entrarán en vigor a partir de la fecha en que se añadan al Servicio Digital equipos adicionales, nuevas funciones, cuentas de usuario,
configuraciones, complementos o elementos similares.

7. Derechos de propiedad intelectual

7.1 Derechos de propiedad intelectual de Bromma. El Servicio Digital, incluida toda la Tecnología de Bromma y el Contenido de Bromma, es y seguirá siendo propiedad exclusiva de Bromma, sus filiales o el titular de los derechos de terceros correspondiente, según proceda. Salvo los derechos y licencias expresamente concedidos en el presente documento, Bromma se reserva todos los derechos sobre todo lo anterior
. Nada de lo dispuesto en el presente Contrato se interpretará en el sentido de que otorga al Cliente derecho alguno a recibir una copia del software subyacente al Servicio Digital o de cualquier otra Tecnología de Bromma, ya sea en forma de código objeto o de código fuente. El nombre y el logotipo de Bromma, así como todos los nombres de productos y servicios de Bromma, incluido el nombre del Servicio Digital y cualquier producto o servicio asociado al mismo, son marcas comerciales de Bromma, sus filiales o sus licenciantes, y en el presente Acuerdo no se concede ningún derecho ni licencia para utilizarlos.

7.2 Contenido del cliente y licencia a Bromma. Todo el Contenido del cliente seguirá siendo propiedad exclusiva del cliente o de su respectivo titular legal, según corresponda. Por la presente, el cliente concede a Bromma y a sus filiales una licencia libre de derechos, mundial, perpetua y no exclusiva para utilizar, copiar, combinar con otra información, ejecutar, alojar, almacenar, procesar, reformatear y mostrar el Contenido del cliente con el fin de permitir a Bromma prestar (y desarrollar) el Servicio Digital al Cliente y a sus Usuarios en virtud del presente, así como con el fin de desarrollar y proporcionar otros productos, servicios y soluciones de Bromma, y para fines de ventas, marketing y otros fines comerciales y/u operativos, así como para el cumplimiento normativo, de garantía y contractual, y para el mantenimiento y diagnóstico proactivos durante y después de la vigencia del presente Acuerdo. Bromma podrá compartir el Contenido del Cliente con sus filiales, distribuidores, subcontratistas y proveedores de servicios para los fines descritos anteriormente.

7.3 Sugerencias. Bromma dispondrá de una licencia perpetua, sin derechos de autor y de ámbito mundial para utilizar e incorporar al Servicio Digital cualquier sugerencia, idea, solicitud de mejora, comentario, recomendación y otra información facilitada por el Cliente o sus Usuarios en relación con el funcionamiento o el contenido del Servicio Digital.

8. Confidencialidad y uso de los datos

8.1 Confidencialidad. Sin perjuicio del derecho de Bromma a utilizar el Contenido del Cliente y los Datos Estadísticos tal y como se describe en otras secciones del presente Acuerdo, las Partes se comprometen a mantener la confidencialidad de todo el material y la información recibidos de la otra Parte que hayan sido clasificados como confidenciales o que deban entenderse como tales, y las Partes se comprometen a no utilizar dicho material o información para ningún fin distinto de los previstos en el presente Acuerdo. Además, Bromma mantendrá medidas de seguridad administrativas, físicas y técnicas para proteger la seguridad e integridad de la
información confidencial del Cliente. Dichas medidas de seguridad incluirán, entre otras, medidas para impedir el acceso, el uso, la modificación o la divulgación de información confidencial por parte del personal de Bromma, salvo con el fin de (a) prestar, desarrollar y mejorar el Servicio Digital y prevenir o resolver problemas técnicos o del servicio, o (b) cuando así lo exija la ley o las órdenes de las autoridades.

8.2 Obligaciones tras la rescisión. Con la excepción de los derechos de Bromma a utilizar el Contenido del Cliente y los Datos Estadísticos tal y como se describe en otras secciones del presente Acuerdo, en caso de rescisión del presente Acuerdo o cuando una de las Partes ya no requiera la información o el material confidencial divulgado en virtud del presente Acuerdo para los fines del mismo, dicha Parte dejará de utilizar inmediatamente la información o el material recibido de la otra Parte y, a petición de esta última, devolverá o destruirá el material en cuestión (incluidas las copias). Además, cada Parte tendrá derecho
a conservar copias, según lo exija la ley o las órdenes de las autoridades.

8.3 Supervivencia. Los derechos y obligaciones establecidos en la presente sección 8 seguirán vigentes tras la rescisión o expiración del presente Acuerdo.

9. Privacidad de los datos e información personal

9.1 Definiciones. A los efectos de la presente sección 9, los términos «tratamiento», «interesado», «responsable del tratamiento», «encargado del tratamiento» y «datos personales» tienen el significado que les atribuyen las normas de protección de datos aplicables.

9.2 Registros y notificaciones. Bromma deberá, y velará por que su personal (incluido el personal de sus subcontratistas) que maneje datos personales, obtenga y mantenga durante toda la vigencia del presente Contrato todos los registros y notificaciones que esté obligada a obtener y mantener de conformidad con cualquier normativa de protección de datos exigida a Bromma para la prestación del Servicio Digital.

9.3 Cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos. Ambas partes cumplirán con sus respectivas obligaciones en virtud de la normativa en materia de protección de datos, cuando proceda.

9.4 Contenido del cliente. En el marco de la prestación del Servicio digital, Bromma, en su calidad de proveedor del Servicio digital, necesita acceder al Contenido del cliente y utilizarlo. Estos datos pueden referirse al Cliente, así como, desde la perspectiva del Cliente, al operador correspondiente del equipo. Si el Contenido del Cliente utilizado en el Servicio Digital incluye datos personales, y en la medida en que lo haga, el Cliente será el responsable del tratamiento. Bromma tratará dichos datos personales en nombre del Cliente con el fin de prestar el Servicio Digital, por lo que se considerará un
encargado del tratamiento en lo que respecta a dichos datos personales.

9.5 Obligaciones del Cliente. El Cliente, en su calidad de responsable del tratamiento, deberá:
(a) en la medida en que lo considere necesario, proporcionar a Bromma instrucciones documentadas sobre el tratamiento de datos personales, las cuales deberán cumplir con la normativa de protección de datos;
(b) tener el derecho y la obligación de especificar la finalidad del tratamiento de datos personales;
(c) declarar que se ha facilitado a todos los interesados de los datos personales los avisos y la información, tal y como exigen las Normas de Protección de Datos, para permitir que Bromma lleve a cabo el tratamiento contemplado en el presente documento;
(d) declarar que, si el Cliente representa a sus Filiales o a terceros en virtud del presente Acuerdo, cuenta con los fundamentos jurídicos para celebrar este Acuerdo con Bromma y permitir que Bromma trate los datos personales de acuerdo con los términos del presente Acuerdo; y
(e) confirmar que: (i) el tratamiento estipulado en el presente Acuerdo cumple los requisitos del Cliente, incluyendo, entre otros, las medidas de seguridad previstas; y (ii) ha facilitado a Bromma información suficiente para que Bromma pueda llevar a cabo el tratamiento de conformidad con la Normativa de Protección de Datos.

9.6 Obligaciones de Bromma. Cuando actúe en calidad de encargado del tratamiento, Bromma deberá (y, en la medida de sus posibilidades, se asegurará de que cualquier subencargado del tratamiento pertinente):
(a) tratar los datos personales del Cliente y de sus Usuarios de conformidad con las instrucciones escritas, documentadas y razonables que el Cliente le haya comunicado con antelación;
(b) adoptará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger contra el tratamiento no autorizado e ilícito de los datos personales y contra la pérdida accidental, la alteración, la destrucción o el daño de los datos personales;
(c) asistirá al Cliente para garantizar el cumplimiento de las obligaciones previstas en los artículos 32 a 36 del RGPD, teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento y la información de que dispone Bromma;
(d) a elección del Cliente, suprimir o devolver al Cliente todos los datos personales del Cliente y de sus Usuarios una vez finalizada la prestación de los servicios relacionados con el tratamiento, y suprimir las copias existentes, salvo que la legislación de la Unión Europea o de los Estados miembros exija el almacenamiento de los datos personales; y
(e) poner a disposición del Cliente toda la información necesaria para demostrar razonablemente el cumplimiento de las obligaciones de la normativa de protección de datos directamente aplicable a un encargado del tratamiento y colaborar en las auditorías, incluidas las inspecciones, realizadas por el responsable del tratamiento u otro auditor designado por este. Bromma tendrá derecho a facturar los costes y gastos derivados de la asistencia prestada al Cliente en virtud de los apartados 9.6 (a) y (c) a (e) anteriores.

9.7 Subcontratación. El Cliente da su consentimiento para que Bromma subcontrate el tratamiento de sus datos personales a subencargados del tratamiento, de conformidad con el presente Acuerdo, siempre que Bromma se asegure de haber establecido las disposiciones adecuadas en materia de protección de datos con cada subencargado del tratamiento para cumplir los requisitos de la normativa de protección de datos. Bromma informará al responsable del tratamiento de los cambios previstos en relación con la incorporación o sustitución de otros encargados del tratamiento.

9.8 Cláusulas contractuales tipo. Si el Cliente y Bromma, o el subencargado del tratamiento correspondiente de Bromma, han suscrito las cláusulas contractuales tipo («SCC») de la Comisión Europea para la transferencia de datos personales fuera de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, el Cliente (o, en su caso, una filial autorizada del Cliente): (a) consiente que Bromma, o el subencargado del tratamiento de Bromma, según corresponda, subcontrate el tratamiento de los datos personales del Cliente de conformidad con los términos de las SCC; y (b) reconoce que esto constituye el consentimiento previo por escrito del Cliente (o de la filial autorizada del Cliente correspondiente) a los efectos de las SCC.

9.9 Datos personales. A efectos de claridad, las secciones 9.4 a 9.7 solo serán de aplicación cuando Bromma actúe en calidad de encargado del tratamiento y se traten datos personales. Siempre que sea posible y viable, Bromma se esfuerza por anonimizar los datos de los clientes, de modo que dejen de ser datos personales.

10 Garantías

10.1 Garantía del cliente. El Cliente garantiza que:
(a) tiene plena capacidad y autoridad para celebrar el presente Contrato, otorgar los derechos que concede en virtud del mismo y asumir las obligaciones que contrae en el presente Contrato;
(b) es propietario o, de otro modo, tiene derecho a controlar el equipo cubierto por el presente Contrato y el Servicio Digital;
(c) actuará con el debido cuidado y diligencia en el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del presente Contrato;
(d) no está sujeto a ninguna sanción económica o comercial ni a controles de exportación de los EE. UU., la UE, el Reino Unido u otros países, ni se encuentra ubicado o establecido en un país que esté sujeto a un embargo del Gobierno de los EE. UU. o que haya sido designado por el Gobierno de los EE. UU. como país «que apoya el terrorismo»; y
(e) no figura en ninguna lista de partes prohibidas o restringidas de los Gobiernos de la UE, el Reino Unido o los EE. UU.

10.2 Garantía de Bromma. Bromma garantiza que:
(a) tiene plena capacidad y autoridad para celebrar el presente Contrato, otorgar los derechos que concede en virtud del mismo y asumir las obligaciones que contrae en él; y
(b) actuará con la diligencia y la competencia razonables en el cumplimiento de las obligaciones que le incumben en virtud del presente Contrato.

EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD DE GARANTÍA. EN LA MEDIDA MÁXIMA PERMITIDA POR LA LEGISLACIÓN APLICABLE Y SALVO LAS GARANTÍAS EXPRESAS LIMITADAS ESTABLECIDAS EN LA PRESENTE SECCIÓN 10, EL SERVICIO DIGITAL SE PRESTARÁ «TAL CUAL» Y BROMMA RENUNCIA ESPECÍFICAMENTE A CUALQUIER OTRA GARANTÍA, YA SEA EXPRESA, IMPLÍCITA, LEGAL O DE OTRO TIPO. BROMMA RENUNCIA ESPECÍFICAMENTE A TODAS LAS GARANTÍAS IMPLÍCITAS DE COMERCIABILIDAD, IDONEIDAD PARA UN
FIN DETERMINADO, TITULARIDAD Y NO INFRACCIÓN, ASÍ COMO A TODAS LAS GARANTÍAS DERIVADAS DEL CURSO DE LAS NEGOCIACIONES, EL USO O LAS PRÁCTICAS COMERCIALES. BROMMA NO OFRECE GARANTÍA ALGUNA DE QUE EL SERVICIO DIGITAL SATISFAGA LOS REQUISITOS DEL CLIENTE, FUNCIONE SIN INTERRUPCIONES, LOGRE EL RESULTADO PREVISTO, SEA COMPATIBLE O FUNCIONE CON EL SOFTWARE, sistema o servicio de terceros, ni de que sea seguro, preciso, completo, esté libre de código dañino o de errores, ni de que los errores o defectos puedan ser o vayan a ser corregidos.

11. Limitaciones de responsabilidad

11.1 LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD. EN LA MEDIDA EN QUE LO PERMITA LA LEGISLACIÓN APLICABLE, EN NINGÚN CASO LA RESPONSABILIDAD TOTAL DE BROMMA FRENTE AL CLIENTE O A SUS USUARIOS, DERIVADA DEL CONTRATO O RELACIONADA CON ÉL, EXCEDERÁ LA CUOTA MENSUAL DEL SERVICIO DIGITAL MULTIPLICADA POR DOCE (12).


11.2 EXCLUSIÓN DE DAÑOS INDIRECTOS Y CONSECUENCIALES. EN LA MEDIDA EN QUE LO PERMITA LA LEY APLICABLE, EN NINGÚN CASO BROMMA SERÁ RESPONSABLE EN VIRTUD DEL PRESENTE ACUERDO, YA SEA POR RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL, EXTRACONTRACTUAL (INCLUIDOS LOS DAÑOS INDIRECTOS Y CONSECUENCIALES) O DE CUALQUIER OTRA NATURALEZA. EN LA MEDIDA MÁXIMA PERMITIDA POR LA LEY APLICABLE, EN NINGÚN CASO BROMMA SERÁ RESPONSABLE EN VIRTUD DEL PRESENTE ACUERDO, YA SEA POR CONTRATO, RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL (INCLUIDA LA NEGLIGENCIA) O DE CUALQUIER OTRA FORMA, POR LA PÉRDIDA DE PRODUCCIÓN, EL COSTE DE CAPITAL, PÉRDIDA DE BENEFICIOS REALES O PREVISTOS (INCLUIDA LA PÉRDIDA DE BENEFICIOS POR CONTRATOS), PÉRDIDA DE AHORROS PREVISTOS, PÉRDIDA DE USO, PÉRDIDA DE OPORTUNIDADES COMERCIALES, PÉRDIDA DE DATOS, PÉRDIDA DE REPUTACIÓN O DAÑO A LA BUENA VOLUNTAD, O AUMENTO DE LOS GASTOS DE USO DEL EQUIPO O DE LA PLANTA, PÉRDIDA DE CONTRATOS, O POR CUALQUIER DAÑO O PÉRDIDA INDIRECTA, INCIDENTAL, ESPECIAL, PUNITIVA O CONSECUENCIAL. ADEMÁS, EL CLIENTE RECONOCE QUE TANTO ÉL COMO SUS USUARIOS ASUMIRÁN EL RIESGO DE LA REALIZACIÓN COMERCIAL DEL SERVICIO DIGITAL Y DE LOS BENEFICIOS OBTENIDOS DEL USO DEL MISMO, POR LO QUE EL CLIENTE ASUMIRÁ TODOS LOS RIESGOS RELACIONADOS CON LA INFORMACIÓN UTILIZADA POR EL SERVICIO DIGITAL U OBTENIDA A TRAVÉS DE ÉL.

11.3 Excepciones. Las limitaciones y exclusiones de responsabilidad no se aplicarán a la responsabilidad derivada de una conducta dolosa o negligencia grave, ni a los casos de fallecimiento o lesiones personales. Algunos estados o países no permiten la exclusión de determinadas garantías ni las limitaciones o exclusiones de responsabilidad descritas anteriormente. Por lo tanto, es posible que estas limitaciones y exclusiones no se apliquen a un Cliente y a sus Usuarios que residan en uno de esos estados o países, pero, en los demás casos, surtirán efecto en la medida máxima permitida por las leyes aplicables.

12. Control de las exportaciones

12.1 Control de exportaciones. El Servicio Digital, su contenido y los productos derivados del mismo pueden estar sujetos a las leyes y normativas de exportación de la Unión Europea, los Estados Unidos y/o otras jurisdicciones que restrinjan el acceso o el uso por parte de: (a) cualquier ciudadano o determinados países o grupos contra los que los Estados Unidos y/o la Unión Europea hayan impuesto sanciones (incluidos Irán, Cuba, Corea del Norte, Siria y Sudán); (b) los «nacionales especialmente designados»; y (c) otras personas proscritas que figuren en la lista de «partes denegadas».¨

12.2 Declaración del Cliente. El Cliente declara que
(a) el Cliente, sus Usuarios o cualquier persona registrada a nombre del Cliente que intente acceder o utilizar el Servicio Digital: (i) no es nacional de ninguno de dichos países o grupos sancionados ni es una persona designada especialmente; (ii) no figura en ninguna lista de partes denegadas del Gobierno de los Estados Unidos; (iii) no tiene prohibido participar en transacciones de exportación de EE. UU. y/o la UE;
(b) dicho uso no está restringido; y
(c) como usuario autorizado, el Cliente no ha revelado ni facilitado el acceso a ninguna de dichas personas para su uso bajo el registro del Cliente. El Cliente será plenamente responsable, en la medida máxima permitida por la ley, de cualquier incumplimiento de la presente Sección 12.

13. Duración y rescisión

13.1 Vigencia. Salvo que las Partes acuerden lo contrario por escrito, el presente Contrato entrará en vigor en la fecha de su firma o de cualquier otra forma de aceptación del mismo, y tendrá una vigencia de doce (12) meses, prorrogándose por períodos consecutivos de doce (12) meses, salvo que se rescinda de conformidad con la presente sección 13.

13.2 Rescisión. Cualquiera de las Partes podrá rescindir el presente Contrato mediante notificación por escrito a la otra Parte, a más tardar un (1) mes antes de que finalice el periodo de doce (12) meses vigente en ese momento. El Cliente reconoce que Bromma está autorizada, a su entera discreción y sin necesidad de informar por separado al Cliente, a desconectar el acceso y la visibilidad del Cliente al equipo conectado en el Servicio Digital en caso de que Bromma sea informada, o tenga conocimiento, de que el equipo conectado se revende o se transfiere de cualquier otra forma a otro usuario.

13.3 Incumplimiento de las condiciones. Cada una de las Partes podrá rescindir el presente Contrato por causa justificada con efecto inmediato si la otra Parte (a) incumple de manera sustancial las condiciones del presente Contrato (lo que incluye, entre otros, el impago de las tarifas del servicio por parte del Cliente) y no es capaz de subsanar dicho incumplimiento en un plazo de treinta (30) días a partir de la recepción de la notificación por escrito de la otra Parte, o (b) es declarada en quiebra o se le impone la liquidación judicial, o suspende de cualquier otra forma sus pagos, salvo que la suspensión de los pagos o del Servicio Digital en caso de una obligación de pago impugnada u otras disputas no dará derecho a ninguna de las Partes a rescindir el contrato por causa justificada, tal y como se ha mencionado anteriormente.

13.4 Incumplimiento de la legislación. Cualquiera de las Partes tendrá derecho a rescindir el presente Acuerdo en cualquier momento y con efecto inmediato mediante notificación por escrito a la otra Parte, siempre que: (a) se produzcan cambios en las leyes, reglamentos, sanciones, restricciones o políticas relacionadas con el comercio, la exportación, la importación o los embargos; o (b) la otra Parte incumpla cualquier ley, normativa o convenio internacional o local, incluyendo, entre otros, la normativa contra el blanqueo de capitales, las normas de control de exportaciones, la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero de EE. UU., la Ley contra el Soborno del Reino Unido o la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Bromma podrá, a su entera discreción, rescindir el presente Contrato si determina que dicho cambio o la infracción del Cliente afecta a la capacidad o a la legitimidad de Bromma para seguir prestando el Servicio Digital al Cliente o a sus Usuarios.

13.5 Cuotas anteriores a la rescisión. La rescisión del presente Contrato por cualquiera de las Partes no afectará al derecho de Bromma (o de su distribuidor designado) a cobrar todas las cuotas y demás pagos correspondientes al Servicio Digital prestado de conformidad con los términos y condiciones del presente Contrato, que se hayan devengado con anterioridad a la fecha de rescisión del mismo.

13.6 Datos específicos del cliente. Salvo que la legislación imperativa aplicable disponga lo contrario, Bromma no estará obligada a eliminar, borrar, exportar ni transferir ningún dato específico del cliente, salvo que las Partes acuerden lo contrario a cambio de una tarifa independiente.

14. Requisitos de la legislación local

14.1 Requisitos de la legislación local: Alemania. En lo que respecta a los clientes domiciliados en Alemania, la sección 11 queda sustituida por lo siguiente:

Limitación de responsabilidad para clientes con domicilio en Alemania

Responsabilidad ilimitada. Las partes serán responsables entre sí sin limitación alguna: (a) en caso de dolo o negligencia grave; (b) en el ámbito de una garantía asumida por la parte correspondiente; (c) en caso de ocultación dolosa de un defecto; (d) en caso de lesiones mortales, lesiones físicas o daños a la salud; y (e) de conformidad con la Ley alemana de responsabilidad por productos defectuosos.

Responsabilidad por incumplimiento de obligaciones fundamentales. Si se incumplen obligaciones fundamentales por negligencia leve y, como consecuencia de ello, se pone en peligro la consecución del objetivo del presente Acuerdo, o en caso de incumplimiento por negligencia leve de obligaciones cuyo cumplimiento sea un requisito previo esencial para la correcta ejecución del presente Acuerdo, la responsabilidad de las Partes se limitará a los daños previsibles y típicos del contrato. En todos los demás aspectos, quedará excluida cualquier responsabilidad por daños causados por una
negligencia leve.

Límite de responsabilidad. Salvo que las Partes sean responsables de conformidad con la sección «Responsabilidad ilimitada» anterior, en ningún caso la responsabilidad total de cada Parte, junto con la de todas sus filiales, derivada de este Contrato o relacionada con él, excederá el importe total abonado por el Cliente en virtud del presente por el Servicio Digital que haya dado lugar a dicha responsabilidad durante los doce
(12) meses anteriores al primer incidente que haya dado lugar a la responsabilidad. La limitación anterior no afectará a las obligaciones de pago del Cliente en virtud del presente.

Ámbito de aplicación. Con la excepción de la responsabilidad prevista en la sección «Responsabilidad ilimitada» anterior, las limitaciones de responsabilidad mencionadas anteriormente se aplicarán a todas las reclamaciones por daños y perjuicios, independientemente de su fundamento jurídico, incluidas las reclamaciones por daños extracontractuales. Las limitaciones de responsabilidad mencionadas anteriormente también se aplican en el caso de reclamaciones por daños y perjuicios de una de las partes contra los empleados, agentes u órganos de la otra
parte.

15. Servicio digital de prueba y beta

15.1 Período de prueba. En caso de que las Partes hayan acordado un período de prueba durante el cual Bromma pueda poner el Servicio Digital a disposición del Cliente de forma gratuita, Bromma podrá interrumpir la disponibilidad del Servicio Digital en cualquier momento. Durante el período de prueba, el Servicio Digital se presta «tal cual», sin garantía alguna. El Cliente tendrá derecho, en cualquier momento durante el período de prueba acordado, a rescindir el presente Contrato por
motivos de conveniencia.

15.2 Servicio digital en fase beta. El Cliente reconoce que Bromma podrá, a su entera discreción, ofrecer o poner a disposición versiones beta del Servicio digital o de partes del mismo. Dichas versiones beta podrán contener, entre otras cosas, funciones adicionales, modificaciones en las funciones o componentes del servicio existentes, ampliaciones o cualquier otro cambio en el Servicio digital («Servicio beta»). Sin perjuicio de cualquier disposición contraria en el presente Contrato: (a) el Cliente podrá optar por utilizar el Servicio Digital Beta a su entera discreción; (b) es posible que el Servicio Digital Beta no cuente con soporte técnico y que pueda modificarse en cualquier momento sin previo aviso; (c) es posible que el Servicio Digital Beta no sea tan fiable o esté tan disponible como el Servicio Digital; (d) el Servicio Digital Beta no ha sido sometido a las mismas medidas de seguridad y auditorías a las que ha sido sometido el Servicio Digital; y (e) EL CLIENTE UTILIZARÁ EL SERVICIO DIGITAL BETA BAJO SU PROPIA RESPONSABILIDAD, Y BROMMA NO ASUMIRÁ NINGUNA RESPONSABILIDAD DERIVADA DE O RELACIONADA CON EL SERVICIO DIGITAL BETA.

16. Legislación aplicable y resolución de controversias

16.1 Legislación aplicable. En caso de que las Partes tengan el mismo domicilio, el presente Acuerdo se regirá y se interpretará de conformidad con la legislación de ese país. En los demás casos, y salvo que se acuerde lo contrario, el presente Acuerdo se regirá por la legislación de Singapur, con exclusión de sus disposiciones sobre elección de ley aplicable.

16.2 Resolución de controversias. Se intentará resolver mediante negociación todas las controversias que surjan de la interpretación del presente Acuerdo o en relación con él. Si las Partes no llegan a un acuerdo mediante negociación, la controversia se resolverá definitivamente en lengua inglesa, con arreglo al Reglamento de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional, por un árbitro designado de conformidad con dicho Reglamento. El lugar y la sede del arbitraje será la ciudad de Bromma. No obstante lo anterior, las reclamaciones por impago de cargos monetarios podrán resolverse en el tribunal de distrito del lugar de domicilio del demandado.

17 General

17.1 Cesión. Ninguna de las Partes podrá ceder el presente Contrato sin el consentimiento por escrito de la otra Parte. No obstante, Bromma tendrá derecho a ceder el presente Contrato a cualquiera de sus filiales o en el marco de una cesión de su negocio, previa notificación por escrito al Cliente.

17.2 Idioma inglés. En caso de discrepancias entre la versión en inglés y cualquier versión traducida del presente Acuerdo, prevalecerá siempre la versión o versiones en inglés.

17.3 Notificaciones. Bromma podrá enviar cualquier notificación prevista en el presente Contrato, a su discreción, a través del Servicio Digital y/o del sitio web del Servicio Digital, y/o a través de su distribuidor designado. En caso de que una notificación se publique únicamente a través del Servicio Digital y/o el sitio web del Servicio Digital (y no, por ejemplo, directamente al Cliente por correo electrónico), la notificación se considerará recibida por el Cliente, a más tardar, treinta (30) días naturales después de la publicación de la notificación por parte de Bromma.

17.4 Divisibilidad. En caso de conflicto entre la legislación aplicable al Cliente y los términos y condiciones del presente Contrato, prevalecerá la legislación aplicable. En caso de que alguna disposición o parte de una disposición del presente Contrato se considere inválida o inaplicable, la validez de las disposiciones restantes del presente Contrato no se verá afectada por ello, y cada disposición restante o parte de la misma será válida y aplicable en la medida en que lo permita la ley. En caso de que cualquier
disposición o parte de la misma se considere inválida o inaplicable, las Partes se esforzarán por negociar de buena fe para acordar una disposición sustitutiva que, en la mayor medida posible, logre el resultado comercial previsto de la disposición original.

17.5 Renuncia. El hecho de que cualquiera de las Partes no haga valer, en cualquier momento o durante cualquier período de tiempo, alguna de las disposiciones del presente Acuerdo no se interpretará como una renuncia a dichas disposiciones ni al derecho de dicha Parte a hacer valer, posteriormente, todas y cada una de ellas.

17.6 Fuerza mayor. Ninguna de las Partes será responsable de los retrasos o daños derivados de un impedimento ajeno a su esfera de influencia o a la de sus subcontratistas, que no pudiera haber sido razonablemente previsto por la Parte en el momento de la celebración del presente Contrato, y cuyas consecuencias no pudiera haberse esperado razonablemente que la Parte evitara o superara. Una huelga, un cierre patronal, un boicot u otras acciones sindicales se considerarán un caso de fuerza mayor, incluso cuando la propia Parte
sea el objetivo de las mismas o sea parte en ellas. La Parte notificará inmediatamente a la otra Parte tanto la ocurrencia del caso de fuerza mayor como su cese.

17.7 Revisión. Bromma podrá revisar el presente Contrato periódicamente, y la versión más reciente se publicará siempre en el sitio web de Bromma o dentro del Servicio Digital. Si, a criterio exclusivo de Bromma, una revisión es sustancial, Bromma lo notificará al Cliente (por ejemplo, enviando un correo electrónico a la dirección de correo electrónico asociada a la cuenta correspondiente). Al continuar accediendo o utilizando el Servicio Digital una vez que las revisiones entren en vigor, el Cliente acepta quedar vinculado por el Acuerdo revisado. Si el Cliente no está de acuerdo con el Acuerdo revisado, podrá rescindir el Servicio Digital en un plazo de treinta (30) días a partir de la recepción de la notificación del cambio.

17.8 Acuerdo íntegro. El presente Acuerdo constituye el acuerdo y el entendimiento íntegros entre las Partes en relación con el objeto del mismo y sustituye a todos los acuerdos, entendimientos, comunicaciones, declaraciones y garantías anteriores y contemporáneos, ya sean escritos u orales, en relación con dicho objeto.

17.9 Relación entre las partes. La relación de Bromma con el Cliente es la de un contratista independiente, y ninguna de las partes es agente ni socio de la otra. Ninguna de las partes tendrá ni podrá declarar ante terceros que tiene autoridad alguna para actuar en nombre de la otra.

17.10 Terceros beneficiarios. El presente Acuerdo se celebra en beneficio único y exclusivo de las Partes y no tiene por objeto beneficiar a ningún tercero. Solo las Partes del presente Acuerdo podrán hacer valer sus disposiciones, si bien una filial de Bromma podrá (además de Bromma) hacer valer los derechos de Bromma en virtud del presente Acuerdo en la medida en que sea titular, controle o posea información confidencial relevante, derechos de propiedad intelectual o tecnología de Bromma.

17.11 Interpretación. Los títulos de los artículos y apartados del presente Acuerdo se incluyen únicamente para facilitar la consulta y no se tendrán en cuenta a la hora de interpretar el presente Acuerdo.

17.12 Subcontratistas. El Cliente reconoce y acepta que Bromma podrá cumplir sus obligaciones a través de uno o varios subcontratistas.

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